EMBARGO.
El embargo es un acto que debe ser registrado, y la omisión de tal requisito, hace que no surta efectos contra tercero. Si el registro se hace, pero no oportunamente, los efectos del embargo principian en la fecha del registro.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/283600-2e8f6cfd/embargo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica 8/24. Valle Espinosa Angel y coagraviados. 20 de julio de 1925. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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