Corpus
Modo: Corpus Pro

REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD.

Clave: — · Registro digital (IUS): 283987 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1080

La legislación que ordene que mediante la simple solicitud por escrito, de un interesado, se cancele la inscripción de un embargo, registrado más de tres años antes, y que por virtud de tal cancelación se extingue el derecho que de esa inscripción emana, importa una violación al artículo 14 constitucional, ya que sin forma de juicio se priva a quien hizo la inscripción, del derecho que tiene de hacerse pagar con los bienes embargados, preferentemente a cualquier acreedor que haya registrado después, otro gravamen sobre los mismos bienes.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/283987-2fab775f/registro-publico-de-la-propiedad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil en revisión 259/25. Gálvez Arcadio. 26 de octubre de 1925. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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