Corpus
Modo: Corpus Pro

MANDATO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 284090 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1311

Aun cuando el mandato termina por la muerte del mandante, como el mandatario debe continuar en la administración, en tanto que los herederos provean por sí mismos a los negocios, siempre que de lo contrario pueda resultar algún perjuicio, es incuestionable que el mandatario está capacitado para promover amparo contra actos de los cuales pueden seguirse perjuicios a la sucesión de su mandante, pues es notorio que entre los actos de administración, deben contarse aquellos que tienden a la conservación de los derechos del mandante, tales como la promoción de recursos que procedan con arreglos a la ley.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284090-ad6bd205/mandato · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil en revisión 2659/22. Gómez Ildefonso. 1o. de diciembre de 1925. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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