LIBERTAD CAUCIONAL.
Al promoverse el incidente de libertad caucional, de acuerdo con las prescripciones de la legislación local, el interesado debe justificar todas y cada una de las condiciones fijadas por la misma legislación, y si no lo hace, la negativa a conceder esa libertad, no importa violación legal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284312-b06c3034/libertad-caucional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo penal. Yokoyama Salvador I. 30 de julio de 1924. Mayoría de nueve votos. Disidente: Salvador Urbina. La publicacion no menciona el nombre del ponente.
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