SUSPENSION CONTRA UNA LEY.
Es improcedente concederla, si la sola expedición de dicha ley, no causa daños o perjuicios al quejoso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284389-6f29f319/suspension-contra-una-ley · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Compañía Mexicana de Luz y Fuerza Motriz S. A. 22 de agosto de 1924. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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