LEY DE PAGOS.
Tratándose de obligaciones contraídas durante el régimen de circulación fiduciaria, no se considerará como pacto expreso de pagar en moneda metálica, al que se haya consignado en esqueletos o documentos impresos, llamados de cajón, cuando el deudor haya recibido papel o billetes, aun cuando el documento exprese que se pagará en metálico.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284399-3fe4c3b3/ley-de-pagos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica. Solís Cámara Pedro. 27 de agosto de 1924. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Manuel Padilla, Salvador Urbina, Leopoldo Estrada y Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- LEYES DE PAGOS. (s/clave)
- PAGOS. (s/clave)
- LEYES DE PAGOS, APLICACION DE LAS. (s/clave)
- OBLIGACIONES CONTRAIDAS DURANTE LA CIRCULACION FIDUCIARIA. (s/clave)
- PAGO EN MONEDA METALICA. (s/clave)
- LEY DE PAGOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis