ALIMENTOS.
La ley no impone a la mujer como condición para cobrar los alimentos que se le deben, el que los exija en vida del marido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284531-aaed202f/alimentos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo. Zamora viuda de López Ignacia. 16 de octubre de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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