CALUMNIA JUDICIAL.
No basta para tener por comprobado el cuerpo del delito de calumnia judicial, la no acusación del Ministerio Público, si tal pedimento está sujeto a la revisión del procurador.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284729-42ed86ca/calumnia-judicial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo. Sobrino Dativo. 8 de enero de 1924. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- ACCION DEL MINISTERIO PUBLICO, CUANDO NO DEBE REBASARSE. (s/clave)
- CALUMNIA JUDICIAL. (s/clave)
- CALUMNIA JUDICIAL (LEGISLACIÓN DE CHIAPAS).- (566)
- CALUMNIA JUDICIAL. (s/clave)
- PROCEDIMIENTO PENAL. (s/clave)
- CALUMNIA JUDICIAL (LEGISLACION DE CHIAPAS). (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis