OBJETO DEL DELITO.
En los delitos de robo, fraude y los de su especie, el objeto del delito lo constituye la cosa de que se ha apoderado el delincuente, sin la voluntad de su dueño, o por el engaño o error en que se haya éste, para hacer la entrega; la expresada cosa debe ser bien definida y determinada, al grado que pueda identificarse con la misma que fue objeto del apoderamiento o entrega de referencia, y el aseguramiento que se haga en bienes que, conforme a la teoría precedente, no constituyen el objeto del delito, importa una violación constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284736-440eb61e/objeto-del-delito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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