CONTRAFIANZA.
El artículo 55 de la Ley de Amparo, establece como un derecho del tercero perjudicado, sin distinción de ninguna especie, el ofrecer la contrafianza, para dejar sin efecto el acto reclamado, en los amparos del orden civil.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284740-bb809195/contrafianza · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil. Vargas María de Jesús. 9 de enero de 1924. Mayoría de seis votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Salvador Urbina, Ricardo B. Castro y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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