SUSPENSION DE AMPARO DIRECTO.
La autoridad responsable debe proveer a todo lo relativo a la suspensión del acto reclamado, ajustándose a lo prevenido por los artículos 51 y 52 de la ley reglamentaria relativa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285010-802d0f40/suspension-de-amparo-directo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil. Jatum Juan. 3 de marzo de 1924. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Salvador Urbina y Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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