Corpus
Modo: Corpus Pro

LIBERTAD CAUCIONAL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 285320 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1670

No estando aún reglamentado por el Congreso de la Unión, el artículo 20 constitucional, deben considerarse vigentes las disposiciones respectivas de los códigos de los Estados de la Federación que rigen la materia, siempre que no contraríen la ley constitucional; y por tanto, la revocación de la libertad caucional fundada en los preceptos de dichos códigos, no importa violación constitucional.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285320-9d8620f1/libertad-caucional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Tomo XIV, página 1942. Indice Alfabético. Amparo 2389/22. Hernández Ramírez Rafael. 12 de junio de 1924. Mayoría de cinco votos. Ausentes: Salvador Urbina y Leopoldo Estrada. Disidente: Manuel Padilla, Sabino M. Olea, Jesús Guzmán Vaca y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XIV, página 1670. Amparo penal en revisión 3518/22. Miguel Cándido. 12 de junio de 1924. Unanimidad de nueve votos. El Ministro Gustavo A. Vicencio no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XCI, página 1317, tesis de rubro "LIBERTAD CAUCIONAL.".

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.