CONTRIBUCIONES, COBRO DE.
Cuando el amparo se endereza, no contra el cobro de las contribuciones, sino contra los procedimientos empleados para exigirlas, no es procedente conceder la suspensión previo depósito, sino previa fianza.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285548-7fbe9f8b/contribuciones-cobro-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Jockey Club de México, S.C.L. 7 de septiembre de 1923. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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