ABANDONO DEL SERVICIO MILITAR.
La ley no exige la intención dolosa para que exista el delito, en el caso de abandono del servicio militar, ni tal abandono puede quedar a juicio del que lo comete, por motivos que el considere poderosos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285712-f964dfe8/abandono-del-servicio-militar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo. Zaragoza Salvador. 23 de octubre de 1923. Unanimidad de diez votos. Ausente: Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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