AMPARO CIVIL.
Si en la demanda relativa no señala el quejoso las disposiciones legales que dejaron de aplicarse, procede no tomar en cuenta la queja, porque el amparo en materia civil es de estricto derecho.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285850-9dec32bd/amparo-civil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo mixto en revisión. Banco Nacional de México Sucursal en Pachuca. 15 de diciembre de 1923. Mayoría de siete votos. El Ministro Victoriano Pimentel no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. Disidentes: Ricardo B. Castro, Jesús Guzmán Vaca y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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