MULTA EXCESIVA.
Para conceder la protección federal por la multa que se considere excesiva, es necesario que el quejoso compruebe sus condiciones pecuniarias, a fin de que pueda apreciarse si existe, o no la violación del artículo 22 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286623-da1def8f/multa-excesiva · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Arrieta Arturo. 10 de octubre de 1922. Mayoría de cinco votos. Ausentes: Alberto M. González y Enrique Moreno. Disidentes: Adolfo Arias, Ernesto Garza Pérez, Gustavo A. Vicencio y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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