MULTA FISCAL EXCESIVA.
Cuando la multa impuesta rebasa el límite fijado por la ley, la autoridad responsable debe exhibir elementos de convicción bastantes para acreditar la gravedad extrema de la infracción, y no haciéndolo, viola el artículo 212 del Código Fiscal, y procede conceder el amparo de la Justicia de la Unión, por violación de garantías constitucionales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319289-7375aaf5/multa-fiscal-excesiva · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5989/50. Ingenio Guadalupe, S. A. 26 de agosto de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente, ponente: Alfonso Francisco Ramírez.
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