CONSIGNACION AL MINISTERIO PUBLICO.
Cuando en el curso del amparo apareciere que existen hechos que pueden dar motivo para una acción penal, deben consignarse tales hechos al Ministerio Público correspondiente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/287684-bb4b35b2/consignacion-al-ministerio-publico · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de improcedencia. Ochoa José A. 15 de marzo de 1921. Unanimidad de cinco votos. Los Ministros Enrique Moreno y Benito Flores no intervinieron en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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