CARACTER MILITAR.
Puede comprobarse no sólo por los despachos que acrediten el grado que en el Ejército tiene un individuo, sino por otros medios que hagan patente que forma parte de dicho Ejército.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/287859-0ab6e741/caracter-militar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo. Velarde Praxedis. 6 de junio de 1921. Unanimidad de diez votos. Ausente: Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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