SOCIEDAD CONYUGAL.
Salvo prueba en contrario, la posesión de los bienes existentes en la morada conyugal, hace presumir que éstos pertenecen al matrimonio y no exclusivamente al marido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/287870-55e64018/sociedad-conyugal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Lavalle de Alemán Ana. 10 de junio de 1921.Unanimidad de diez votos. Ausente: Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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