PERSONALIDAD EN EL AMPARO.
La personalidad en el juicio de amparo contra resoluciones del orden civil, se acreditará en la forma que lo exige la ley reglamentaria respectiva, en el juicio a que corresponde la resolución reclamada en el amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/288074-f3356c91/personalidad-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en materia civil. Austin Barnard Charles. 17 de julio de 1920. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Alberto M. González y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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