TASACION DE IMPUESTOS.
Es improcedente conceder la suspensión, contra los actos de las autoridades encaminados a la tasación de impuestos, porque con ello se causarían perjuicios al Estado y ningunos se originan al interesando en esa tasación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/288427-6dd1c461/tasacion-de-impuestos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. "Corcuera Hermanos, Sucesores". 2 de octubre de 1920. Unanimidad de diez votos. El Ministro Adolfo Arias no asistió al acuerdo, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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