EMPLEADOS PARTICULARES, SUSPENSION DE LOS.
No puede alegarse que la suspensión de un empleado se encuentre comprendida dentro de las prevenciones de la fracción XXII del artículo 123 constitucional, cuando ha obedecido a la suspensión de labores del patrono, por causa de fuerza mayor.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289547-11632814/empleados-particulares-suspension-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo. Weber Federico. 20 de enero de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausente: Enrique M. de los Ríos. Disidente: Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- TRABAJADORES, PRESCRIPCION DE LAS ACCIONES DE LOS. (s/clave)
- EMPLEADOS. (s/clave)
- TRABAJADORES. (s/clave)
- SUSPENSION INDEBIDA DE LABORES POR PARTE DEL TRABAJADOR. (s/clave)
- LABORES, SUSPENSION DE LAS. (s/clave)
- TRABAJO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis