CONTRABANDO.
Tratándose del delito de contrabando, sólo la Federación está interesada en él, y las leyes de la misma, han fijado las penas relativas, por lo cual son competentes, para conocer de los procesos respectivos, los tribunales federales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289965-522bace2/contrabando · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia en materia penal. Suscitada entre los Jueces, de Distrito del Estado de Chihuahua y de Letras de Ciudad Juárez. 13 de mayo de 1919. Unanimidad de diez votos. Ausente: José M. Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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