RESTITUCION DEL OBJETO ROBADO.
En el caso de que la acción civil, ejercitada en un proceso, se limite a obtener aquélla, debe decretarse, una vez que esté comprobado el cuerpo del delito y se haya hecho la identificación del objeto robado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/291771-0282d207/restitucion-del-objeto-robado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión. Jean Adrián. 29 de abril de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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