AMPARO.
No procede contra una sentencia de primera instancia cuando contra ella pueden interponerse recursos ordinarios, ante los tribunales comunes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/291894-bace1df0/amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil interpuesto directamente ante la Suprema Corte. Martínez José de Jesús y María del Socorro. 17 de mayo de 1918. Unanimidad de nueve votos en los tres primeros puntos, y mayoría de siete, en el cuarto. Ausentes: Victoriano Pimentel y Alberto M. González. Disidentes: Manuel E. Cruz y Santiago Martínez Alomía. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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