AMPARO.
No procede si tiene por objeto impedir que las autoridades dicten las resoluciones que estimen procedentes, dentro de la esfera de sus atribuciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/291923-056aadd6/amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de improcedencia. Rivera Enrique A. 6 de junio de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- AMPARO. (s/clave)
- AMPARO. (s/clave)
- AMPARO. (s/clave)
- AMPARO. (s/clave)
- AMPARO. (s/clave)
- AMPARO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis