GARANTIAS, VIOLACION DE.
No puede haber ninguna en actos ejecutados durante el periodo preconstitucional, por haber estado suspendidas las garantías individuales, desde el 18 de febrero de 1913.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/292142-5c25a2cd/garantias-violacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal, interpuesto directamente ante la Suprema Corte. Miranda Flores Antonio. 14 de septiembre de 1917. Mayoría de seis votos. Disidentes: Enrique Moreno, Agustín de Valle, Victoriano Pimentel y Enrique García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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