ORDEN DE APREHENSION.
La que se dicta por autoridad judicial competente, en un proceso iniciado en virtud de denuncia de hechos determinados que la ley castiga con pena corporal, y está apoyada en datos que hacen probable la responsabilidad del inculpado, no viola la garantía consignada en el artículo 16 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/292239-23bf96d5/orden-de-aprehension · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión. Garduño Antonio. 15 de octubre de 1917. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- ORDEN DE APREHENSION. (s/clave)
- ORDEN DE APREHENSION. (s/clave)
- ORDEN DE APREHENSION. (s/clave)
- ORDEN DE APREHENSION. (s/clave)
- ORDEN DE APREHENSION. (s/clave)
- ORDEN DE APREHENSION. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis