REVISION.
El término para interponerla en los juicios de amparo es de cinco días, por estar equiparada según la jurisprudencia de la Suprema Corte, al recurso de apelación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/292274-5d092870/revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja del Ministerio Público en el amparo penal interpuesto por Ignacio Piña y Pastor ante el Juzgado Primero de Distrito del Distrito Federal. Piña y Pastor Ignacio. 23 de octubre de 1917. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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