SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.
Aunque pueda producir perjuicio a tercero, la Suprema Corte de Justicia, en grado, tiene facultad de concederla, siempre que el que la solicite dé fianza de reparar el perjuicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/292387-e92e02c5/suspension-del-acto-reclamado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de suspensión. Villarreal Antonio. 13 de noviembre de 1917. Mayoría de siete votos. Disidentes: Agustín de Valle, Santiago Martínez Alomía, Agustín Urdapilleta y Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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