CONFESION DEL ACUSADO, ESTUDIO DE LA (LEGISLACION PENAL DEL ESTADO DE PUEBLA).
La confesión del acusado debe ser estudiada con todas las demás constancias del proceso para así poder aceptar o rechazar sus modalidades, sin preocuparse de su calidad de divisible o indivisible, de acuerdo con la exacta aplicación de los artículos 198 y 199 del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social del Estado de Puebla que establecen, el primero, que la confesión produce sus efectos tanto en lo que favorece y en lo que perjudica al reo y el otro precepto en su fracción V exige que no existan pruebas o presunciones que a juicio del Juez o Tribunal, la hagan inverosímil.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/292679-c61440c4/confesion-del-acusado-estudio-de-la-legislacion-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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