RIÑA.
Si existió un cambio de palabras injuriosas entre los protagonistas, pero en ningún momento una contienda de obra, que es el otro elemento de la riña, no se configura ésta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/293003-f158a1a9/rina · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5121/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 12 de noviembre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.
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