RETRACTACION DE LOS TESTIGOS.
Conforme a las reglas que rigen la apreciación de las pruebas, debe estar el juzgador a la primera versión del testigo, si éste no da razón fundada de los motivos que lo determinaron a retractarse.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/293077-ffe8a309/retractacion-de-los-testigos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4927/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 30 de noviembre de 1956. Sin votación. Ponente: Carlos Franco Sodi.
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