ESTADO CIVIL, SU COMPROBACION EN MATERIA PENAL.
Para la comprobación del estado civil en materia penal no es necesario que forzosamente se sigan los mismos lineamientos que exige la legislación civil.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/293264-55980d5a/estado-civil-su-comprobacion-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1339/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 6 de agosto de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
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