CHEQUE, PRESUNCION DE SER UNA ORDEN INCONDICIONAL DE PAGO.
Debe mantenerse como principio general que todo cheque debe presumirse como orden incondicional de pago, y que entre la afirmación del girador diciendo haberlo dado en garantía y el aserto del beneficiario sosteniendo que le fue dado en pago, debe estarse al dicho de este último cuando no hay más prueba al respecto, no tanto porque él lo diga cuando porque hay una presunción que lo favorece.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/293357-3fe07b0a/cheque-presuncion-de-ser-una-orden-incondicional-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4660/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 28 de agosto de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
Jurisprudencia relacionada
- CHEQUES. (s/clave)
- CHEQUE, EL PAGO DE UNA PRESTACION RECLAMADA AUN NO RECONOCIDA SE PUEDE GARANTIZAR CON UN. (s/clave)
- CHEQUES LIBRADOS SIN FONDOS. (s/clave)
- CHEQUES SIN FONDOS POSTDATADOS. (s/clave)
- CHEQUES GIRADOS SIN FONDOS. (s/clave)
- CHEQUES SIN FONDOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis