REPARACION DEL DAÑO, MONTO DE LA.
Conforme al artículo 31 del Código Penal Federal, la reparación debe ser fijada según el daño que sea preciso reparar, de acuerdo con las pruebas obtenidas en el proceso; de ahí que sea improcedente la sanción que se imponga a un acusado por el monto total del daño, cuando únicamente queda un faltante para cubrir la totalidad del mismo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/293484-740a99d3/reparacion-del-dano-monto-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2533/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 25 de abril de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.
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