INDULTO.
Si la ley concede la gracia no tan sólo a los reos, sino también a los procesados, el órgano jurisdiccional está obligado a entrar a su estudio para su aplicación en su caso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/293713-04426bec/indulto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5226/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 17 de enero de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
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