VIOLACION, DELITO DE.
El hecho de encontrarse ebria la ofendida, es suficiente para tener por acreditado el uso de la violencia, en la consumación de la cópula, mayormente si existen indicios de que a pesar de su ebriedad, aquélla se defendió del ataque de que fue objeto, como lo demuestra la existencia de escoriaciones en la parte interna de sus muslos, pues también ello prueba la violencia que se ejerció sobre la víctima, ya que no es necesaria la existencia de graves lesiones, porque es de explorado derecho, que los simples rasguños son prueba suficiente para acreditar la violencia en casos como el presente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/294015-bdecb1c0/violacion-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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