Corpus
Modo: Corpus Pro

LIBERTAD CAUCIONAL EN EL AMPARO DIRECTO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 295413 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 941

Aun considerando que la pena a que fue condenado el reo en última instancia estuviera en suspenso, como consecuencia de la promoción del amparo directo, si las penas probables que le corresponden exceden del promedio aritmético señalado por la fracción I del artículo 20 constitucional, esta disposición no autoriza, para determinar ese promedio, a tener en cuenta el tiempo que lleva el procesado de estar detenido, descontándolo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295413-c8b7b293/libertad-caucional-en-el-amparo-directo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 144/53. Por acuerdo de la Primera Sala de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 31 de julio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Se excusó: Genaro Ruiz de Chávez. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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