CONDENA CONDICIONAL, BUENA CONDUCTA PARA LOS EFECTOS DE LA (LEGISLACION DE SONORA).
El artículo 83 del Código Penal del estado exige para otorgar el beneficio de la condena condicional, además de la delincuencia primaria, que el inculpado haya observado buena conducta y si en autos aparece que el acusado tuvo varios ingresos a la cárcel por ebriedad, riña e insulto, esos hechos positivos demuestran su mal comportamiento, no ocasional, sino continuado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295563-40fe3ecb/condena-condicional-buena-conducta-para-los-efectos-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4913/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 3 de septiembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
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