CONFESION DEL ACUSADO.
Al faltar la circunstancia de verosimilitud, la confesión deja de constituir prueba plena, en la parte que es inverosímil, subsistiendo su carácter legal probatorio en la que no esté contradicha por otros elementos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295797-b89514b4/confesion-del-acusado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4764/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 20 de abril de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Edmundo Elorduy.
Jurisprudencia relacionada
- CONFESION DEL ACUSADO. (s/clave)
- CONFESION DEL ACUSADO. (s/clave)
- CONFESION. (s/clave)
- CONFESION CALIFICADA DEL ACUSADO. (s/clave)
- CONFESION DEL ACUSADO. (s/clave)
- CONFESION. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis