PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
Si la penalidad le fue fijada al reo dentro de los extremos que señala el artículo aplicable, y, para su imposición, la jurisdicción sentenciadora razonó debidamente su arbitrio y tuvo en cuenta su grado de temibilidad, esta Suprema Corte no puede sustituírse en su criterio, por no existir causa que lo motive.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295937-f9bb32b4/pena-individualizacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4495/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 18 de junio de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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