TESTIGOS EN MATERIA PENAL.
En nada perjudica al quejoso el hecho de que durante la secuela del proceso no se hubieran examinado ciertos testigos a quienes alude en su declaración, si de tal cita no se advierte relevancia para allegar tales testimonios, en razón de que el propio inculpado no alude a ellas como presenciales de los hechos; y si hubiera considerado que tales testimonios tendrían alguna influencia en relación con los hechos delictuosos que se le atribuyen, estuvo en aptitud de aportar esos testimonios en la oportunidad procesal debida sin que lo haya hecho.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296176-83939d7c/testigos-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TESTIGOS EN EL PROCESO PENAL. (s/clave)
- TESTIGOS EN EL PROCESO PENAL. (s/clave)
- TESTIGOS, EL HECHO DE SER OFENDIDOS EN EL PROCEDIMIENTO PENAL, NO LES QUITA EL CARACTER DE. (s/clave)
- TESTIGOS EN MATERIA PENAL. (s/clave)
- TESTIGOS, EL HECHO DE SER OFENDIDOS EN EL PROCEDIMIENTO PENAL, NO LES QUITA EL CARÁCTER DE.- (5821)
- TESTIGOS EN EL PROCESO PENAL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis