DAÑOS EN PROPIEDAD AJENA, MONTO DEL.
Siendo el delito de daño de aquellos que se persiguen de oficio, y habiéndose determinado el importe de la reparación, mediante la prueba pericial correspondiente, es indudable que resulta innecesario el examen de los dueños de los vehículos que sufrieron la colisión para que se señalen los perjuicios que con tal motivo habían recibido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296600-541b3664/danos-en-propiedad-ajena-monto-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3858/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 26 de febrero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Luis Chico Goerne.
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