CONDENA CONDICIONAL (DROGAS ENERVANTES).
El párrafo final del artículo 194, reformado, del Código Punitivo, que determina que no podrá otorgarse la condena condicional, aunque la pena impuesta no exceda de dos años de prisión a los que cultiven o elaboren o en cualquier forma trafique con drogas enervantes, o con semillas o plantas que tengan ese carácter, no es aplicable si sólo quedaron comprobados la posesión y el suministro, en grado de tentativa, que no quedan comprendidos en la limitación señalada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296661-82d74888/condena-condicional-drogas-enervantes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CONDENA CONDICIONAL (DROGAS ENERVANTES). (s/clave)
- DROGAS ENERVANTES (CONDENA CONDICIONAL). (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL (DROGAS ENERVANTES). (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL, IMPROCEDENCIA DE LA. (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL (SUMINISTRO DE DROGAS ENERVANTES). (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL (DROGAS ENERVANTES). (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis