IMPRUDENCIA, DELITO DE.
Para que el acontecimiento sea accidental, es necesaria la combinación de circunstancias no previsibles, ni evitables cuyas causas sean ignoradas por lo que debe estimarse que ocasionaron el homicidio hechos y circunstancias personales del inculpado, si apuntó a la víctima con una pistola cargada, después de cerciorarse de que lo estaba, lo cual implica grave imprudencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296691-3bcb7109/imprudencia-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 1832/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 25 de julio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Castro Estrada. Relator: Luis Chico Goerne.
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