PREMEDITACION, CALIFICATIVA DE.
Aun cuando es incuestionable que en la consumación de todo delito intencional, concurre la deliberación previa del acto querido por el agente, así como el resultado habido, lo cierto es que, para que una conducta pueda considerarse como premeditada, se requiere que el agente haya concebido su designio criminoso, previamente al acto material de ejecución, y que entre la consumación de éste y su concepción hubiera mediado un lapso suficiente, durante el cual el agente hubiera podido reflexionar sobre las consecuencias del acto querido, ponderando y haciendo balance de los argumentos en favor y en pro de su designio; pero más aún que entre uno y otro actos, se dé en su mente, la fría resolución de consumar el delito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296898-6eab8ab7/premeditacion-calificativa-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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