Corpus
Modo: Corpus Pro

ENERVANTES, CULTIVO, POSESION Y TRAFICO DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 297341 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 617

El tipo previsto en el artículo 194 del Código Penal, que sanciona al que infringiendo las disposiciones sanitarias a que se refiere el artículo 193 del citado ordenamiento, siembre, cultive, posea o realice cualquier acto de tráfico de enervantes, es un delito de peligro y no de resultado, ya que no es relevante para el derecho penal la circunstancia de que se produzca el resultado lesivo de la salud pública en forma inmediata; pues la interpretación jurídica del precepto que configura el tipo, no suscita duda, respecto de la circunstancia de que la simple posesión del enervante entraña, ya en sí, un peligro futuro y concreto a la salud privada y pública.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297341-6bfa796c/enervantes-cultivo-posesion-y-trafico-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 2696/52. García Luque Francisco. 27 de agosto de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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