ABANDONO DE PERSONA, DELITO DE.
No está comprobado el cuerpo del delito de abandono de persona, si un acompañante del inculpado, se quedó asistiendo al ahora occiso, en tanto que aquél iba en busca de auxilio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297429-f09e31c9/abandono-de-persona-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5957/51. Flores Culebro Armando. 18 de agosto de 1952. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Juan José González Bustamante. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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